martes, 9 de noviembre de 2010

Pío IX. Encíclica Quanta cura y Syllabus. 8 de Diciembre de 1864

Dado en Roma en San Pedro el día 8 de Diciembre del año de 1864, décimo después de la definición dogmática de la Inmaculada Concepción de la Madre de Dios la Virgen María, y decimonono de nuestro Pontificado.

Indice de los principales errores de nuestro siglo, según el Papa Pío IX. Se envía a los obispos como una relación de doctrinas reprobadas y maliciosas para que las persigan, conocida con el nombre de "Syllabus."

Syllabus complectens praecipuos nostrae aetatis erroresya notados en las Alocuciones Consistoriales y otras Letras Apostólicas de Nuestro Santísimo Padre Pío IX

  • § I. Panteísmo, Naturalismo y Racionalismo absoluto

I. No existe ningún Ser divino [Numen divinum], supremo, sapientísimo, providentísimo, distinto de este universo, y Dios no es más que la naturaleza misma de las cosas, sujeto por lo tanto a mudanzas, y Dios realmente se hace en el hombre y en el mundo, y todas las cosas son Dios, y tienen la misma idéntica sustancia que Dios; y Dios es una sola y misma cosa con el mundo, y de aquí que sean también una sola y misma cosa el espíritu y la materia, la necesidad y la libertad, lo verdadero y lo falso, lo bueno y lo malo, lo justo y lo injusto.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

II. Dios no ejerce ninguna manera de acción sobre los hombres ni sobre el mundo.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

III. La razón humana es el único juez de lo verdadero y de lo falso, del bien y del mal, con absoluta independencia de Dios; es la ley de sí misma, y le bastan sus solas fuerzas naturales para procurar el bien de los hombres y de los pueblos.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

IV. Todas las verdades religiosas dimanan de la fuerza nativa de la razón humana; por donde la razón es la norma primera por medio de la cual puede y debe el hombre alcanzar todas las verdades, de cualquier especie que estas sean.

(Encíclica Qui pluribus, 9 noviembre 1846)

(Encíclica Singulari quidem, 17 Marzo 1856)

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

V. La revelación divina es imperfecta, y está por consiguiente sujeta a un progreso continuo e indefinido correspondiente al progreso de la razón humana.

(Encíclica Qui pluribus, 9 noviembre 1846)

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

VI. La fe de Cristo se opone a la humana razón; y la revelación divina no solamente no aprovecha nada, pero también daña a la perfección del hombre.

(Encíclica Qui pluribus, 9 noviembre 1846)

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

VII. Las profecías y los milagros expuestos y narrados en la Sagrada Escritura son ficciones poéticas, y los misterios de la fe cristiana resultado de investigaciones filosóficas; y en los libros del antiguo y del nuevo Testamento se encierran mitos; y el mismo Jesucristo es una invención de esta especie.

(Encíclica Qui pluribus, 9 noviembre 1846)

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

§ II. Racionalismo moderado


VIII. Equiparándose la razón humana a la misma religión, síguese que la ciencias teológicas deben de ser tratadas exactamente lo mismo que las filosóficas.

(Alocución Singulari quadam perfusi, 9 diciembre 1854)

IX. Todos los dogmas de la religión cristiana sin distinción alguna son objeto del saber natural, o sea de la filosofía, y la razón humana históricamente sólo cultivada puede llegar con sus solas fuerzas y principios a la verdadera ciencia de todos los dogmas, aun los más recónditos, con tal que hayan sido propuestos a la misma razón.

(Carta al Arzobispo de Frisinga Gravissimas, 11 diciembre 1863)

(Carta al mismo Tuas libenter, 21 diciembre 1863)

X. Siendo una cosa el filósofo y otra cosa distinta la filosofía, aquel tiene el derecho y la obligación de someterse a la autoridad que él mismo ha probado ser la verdadera; pero la filosofía no puede ni debe someterse a ninguna autoridad.

(Carta al Arzobispo de Frisinga Gravissimas, 11 diciembre 1863)

(Carta al mismo Tuas libenter, 21 diciembre 1863)

XI. La Iglesia no sólo debe corregir jamas a la filosofía, pero también debe tolerar sus errores y dejar que ella se corrija a sí propia.

(Carta al Arzobispo de Frisinga Gravissimas, 11 diciembre 1863)

XII. Los decretos de la Sede apostólica y de las Congregaciones romanas impiden el libre progreso de la ciencia.

(Carta al Arzobispo de Frisinga Tuas libenter, 21 diciembre 1863)

XIII. El método y los principios con que los antiguos doctores escolásticos cultivaron la Teología, no están de ningún modo en armonía con las necesidades de nuestros tiempos ni con el progreso de las ciencias.
(Carta al Arzobispo de Frisinga Tuas libenter, 21 diciembre 1863)

XIV. La filosofía debe tratarse sin mirar a la sobrenatural revelación.

(Carta al Arzobispo de Frisinga Tuas libenter, 21 diciembre 1863)

N.B. Con el sistema del racionalismo están unidos en gran parte los errores de Antonio Günter, condenados en la carta al Cardenal Arzobispo de Colonia Eximiam tuam de 15 de junio de 1847, y en la carta al Obispo de Breslau Dolore haud mediocri, 30 de abril de 1860.

§ III. Indiferentismo. Latitudinarismo
XV. Todo hombre es libre para abrazar y profesar la religión que guiado de la luz de la razón juzgare por verdadera.

(Letras Apostólicas Multiplices inter, 10 junio 1851)

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

XVI. En el culto de cualquiera religión pueden los hombres hallar el camino de la salud eterna y conseguir la eterna salvación.

(Encíclica Qui pluribus, 9 noviembre 1846)

(Alocución Ubi primum, 17 diciembre 1847)

Encíclica Singulari quidem, 17 Marzo 1856)

XVII. Es bien por lo menos esperar la eterna salvación de todos aquellos que no están en la verdadera Iglesia de Cristo.

(Alocución Singulari quadam, 9 diciembre 1854)

(Encíclica Quanto conficiamur 17 agosto 1863)

XVIII. El protestantismo no es más que una forma diversa de la misma verdadera Religión cristiana, en la cual, lo mismo que en la Iglesia, es posible agradar a Dios.
(Encíclica Noscitis et Nobiscum 8 diciembre 1849)

§ IV. Socialismo, Comunismo, Sociedades secretas, Sociedades bíblicas, Sociedades clérico-liberales


Tales pestilencias han sido muchas veces y con gravísimas sentencias reprobadas en la Encíclica Qui pluribus, 9 de noviembre de 1846; en la Alocución Quibus quantisque, 20 de abril de 1849; en la Encíclica Noscitis et Nobiscum, 8 de diciembre de 1849; en la Alocución Singulari quadam, 9 de diciembre de 1854; en la Encíclica Quanto conficiamur maerore, 10 de agosto de 1863.

§ V. Errores acerca de la Iglesia y sus derechos

XIX. La Iglesia no es una verdadera y perfecta sociedad, completamente libre, ni está provista de sus propios y constantes derechos que le confirió su divino fundador, antes bien corresponde a la potestad civil definir cuales sean los derechos de la Iglesia y los límites dentro de los cuales pueda ejercitarlos.

(Alocución Singulari quadam, 9 diciembre 1854)

(Alocución Multis gravibusque, 17 diciembre 1860)

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

XX. La potestad eclesiástica no debe ejercer su autoridad sin la venia y consentimiento del gobierno civil.

(Alocución Meminit unusquisque, 30 septiembre 1861)

XXI. La Iglesia carece de la potestad de definir dogmáticamente que la Religión de la Iglesia católica sea únicamente la verdadera Religión.

(Letras Apostólicas Multiplices inter, 10 junio 1851)

XXII. La obligación de los maestros y de los escritores católicos se refiere sólo a aquellas materias que por el juicio infalible de la Iglesia son propuestas a todos como dogma de fe para que todos los crean.

(Carta al Arzobispo de Frisinga Tuas libenter, 21 diciembre 1863)

XXIII. Los Romanos Pontífices y los Concilios ecuménicos se salieron de los límites de su potestad, usurparon los derechos de los Príncipes, y aun erraron también en definir las cosas tocantes a la fe y a las costumbres.

(Letras Apostólicas Multiplices inter, 10 junio 1851)

XXIV. La Iglesia no tiene la potestad de emplear la fuerza, ni potestad ninguna temporal directa ni indirecta.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XXV. Fuera de la potestad inherente al Episcopado, hay otra temporal, concedida a los Obispos expresa o tácitamente por el poder civil, el cual puede por consiguiente revocarla cuando sea de su agrado.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XXVI. La Iglesia no tiene derecho nativo legítimo de adquirir y poseer.

(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

(Encíclica Incredibile, 17 septiembre 1863)

XXVII. Los sagrados ministros de la Iglesia y el Romano Pontífice deben ser enteramente excluidos de todo cuidado y dominio de cosas temporales.

(Alocución Maxima quidem, 9 de junio de 1862)

XXVIII. No es lícito a los Obispos, sin licencia del Gobierno, ni siquiera promulgar las Letras apostólicas.

(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

XXIX. Deben ser tenidas por írritas las gracias otorgadas por el Romano Pontífice cuando no han sido impetradas por medio del Gobierno.

(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

XXX. La inmunidad de la Iglesia y de las personas eclesiásticas trae su origen del derecho civil.

(Letras Apostólicas Multiplices inter, 10 junio 1851)

XXXI. El fuero eclesiástico en las causas temporales de los clérigos, ahora sean estas civiles, ahora criminales, debe ser completamente abolido aun sin necesidad de consultar a la Sede Apostólica, y a pesar de sus reclamaciones.

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

XXXII. La inmunidad personal, en virtud de la cual los clérigos están libres de quintas y de los ejercicios de la milicia, puede ser abrogada sin violar en ninguna manera el derecho natural ni la equidad; antes el progreso civil reclama esta abrogación, singularmente en las sociedades constituidas según la forma de más libre gobierno.

(Carta al Obispo de Monreale Singularis Nobisque, 27 septiembre 1864)

XXXIII. No pertenece únicamente a la potestad de jurisdicción eclesiástica dirigir en virtud de un derecho propio y nativo la enseñanza de la Teología.
(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XXXIV. La doctrina de los que comparan al Romano Pontífice a un Príncipe libre que ejercita su acción en toda la Iglesia, es doctrina que prevaleció en la edad media.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XXXV. Nada impide que por sentencia de algún Concilio general, o por obra de todos los pueblos, el sumo Pontificado sea trasladado del Obispo romano y de Roma a otro Obispo y a otra ciudad.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XXXVI. La definición de un Concilio nacional no puede someterse a ningún examen, y la administración civil puede tomarla como norma irreformable de su conducta.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XXXVII. Pueden ser instituidas Iglesias nacionales no sujetas a la autoridad del Romano Pontífice, y enteramente separadas.

(Alocución Multis gravibusque, 17 diciembre 1860)

(Alocución Jamdudum cernimus, 18 marzo 1861)

XXXVIII. La conducta excesivamente arbitraria de los Romanos Pontífices contribuyó a la división de la Iglesia en oriental y occidental.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

§ VI. Errores tocantes a la sociedad civil considerada en sí misma o en sus relaciones con la Iglesia

XXXIX. El Estado, como origen y fuente de todos los derechos, goza de cierto derecho completamente ilimitado.
(Alocución Maxima quidem, 9 de junio de 1862)

XL. La doctrina de la Iglesia católica es contraria al bien y a los intereses de la sociedad humana.

(Encíclica Qui pluribus, 9 noviembre 1846)

(Alocución Quibus quantisque, 20 abril 1849)

XLI. Corresponde a la potestad civil, aunque la ejercite un Señor infiel, la potestad indirecta negativa sobre las cosas sagradas; y de aquí no sólo el derecho que dicen del Exequatur, sino el derecho que llaman de apelación ab abusu.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XLII. En caso de colisión entre las leyes de una y otra potestad debe prevalecer el derecho civil.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

XLIII. La potestad secular tiene el derecho de rescindir, declarar nulos y anular sin consentimiento de la Sede Apostólica y aun contra sus mismas reclamaciones los tratados solemnes (por nombre Concordatos) concluidos con la Sede Apostólica en orden al uso de los derechos concernientes a la inmunidad eclesiástica.

(Alocución In consistoriali, 1º noviembre 1850)

(Alocución Multis gravibusque, 17 diciembre 1860)

XLIV. La autoridad civil puede inmiscuirse en las cosas que tocan a la Religión, costumbres y régimen espiritual; y así puede juzgar de las instrucciones que los Pastores de la Iglesia suelen dar para dirigir las conciencias, según lo pide su mismo cargo, y puede asimismo hacer reglamentos para la administración de los sacramentos, y sobre las disposiciones necesarias para recibirlos.

(Alocución In consistoriali, 1º noviembre 1850)

(Alocución Maxima quidem, 9 de junio de 1862)

XLV. Todo el régimen de las escuelas públicas, en donde se forma la juventud de algún estado cristiano, a excepción en algunos puntos de los seminarios episcopales, puede y debe ser de la atribución de la autoridad civil; y de tal manera puede y debe ser de ella, que en ninguna otra autoridad se reconozca el derecho de inmiscuirse en la disciplina de las escuelas, en el régimen de los estudios, en la colación de los grados, ni en la elección y aprobación de los maestros.

(Alocución In consistoriali, 1º noviembre 1850)

(Alocución Quibus luctuosissimis, 5 septiembre 1851)

XLVI. Aun en los mismos seminarios del clero depende de la autoridad civil el orden de los estudios.

(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

XLVII. La óptima constitución de la sociedad civil exige que las escuelas populares, concurridas de los niños de cualquiera clase del pueblo, y en general los institutos públicos, destinados a la enseñanza de las letras y a otros estudios superiores, y a la educación de la juventud, estén exentos de toda autoridad, acción moderadora e ingerencia de la Iglesia, y que se sometan al pleno arbitrio de la autoridad civil y política, al gusto de los gobernantes, y según la norma de las opiniones corrientes del siglo.

(Carta al Arzobispo de Friburgo Quum non sine, 14 julio 1864)

XLVIII. Los católicos pueden aprobar aquella forma de educar a la juventud, que esté separada, disociada de la fe católica y de la potestad de la Iglesia, y mire solamente a la ciencia de las cosas naturales, y de un modo exclusivo, o por lo menos primario, los fines de la vida civil y terrena.

(Carta al Arzobispo de Friburgo Quum non sine, 14 julio 1864)

XLIX. La autoridad civil puede impedir a los Obispos y a los pueblos fieles la libre y mutua comunicación con el Romano Pontífice.

(Alocución Maxima quidem, 9 de junio de 1862)

L. La autoridad secular tiene por sí el derecho de presentar los Obispos, y puede exigirles que comiencen a administrar la diócesis antes que reciban de la Santa Sede la institución canónica y las letras apostólicas.
(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

LI. Más aún, el Gobierno laical tiene el derecho de deponer a los Obispos del ejercicio del ministerio pastoral, y no está obligado a obedecer al Romano Pontífice en las cosas tocantes a la institución de los Obispados y de los Obispos.

(Letras Apostólicas Multiplices inter, 10 junio 1851)

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

LII. El Gobierno puede, usando de su derecho, variar la edad prescrita por la Iglesia para la profesión religiosa, tanto de las mujeres como de los hombres, e intimar a las comunidades religiosas que no admitan a nadie a los votos solemnes sin su permiso.

(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

LIII. Deben abrogarse las leyes que pertenecen a la defensa del estado de las comunidades religiosas, y de sus derechos y obligaciones; y aun el Gobierno civil puede venir en auxilio de todos los que quieran dejar la manera de vida religiosa que hubiesen comenzado, y romper sus votos solemnes; y puede igualmente extinguir completamente las mismas comunidades religiosas, como asimismo las Iglesias colegiatas y los beneficios simples, aun los de derecho de patronato, y sujetar y reivindicar sus bienes y rentas a la administración y arbitrio de la potestad civil.

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

(Alocución Probe memineritis, 22 enero 1855)

(Alocución Cum saepe, 26 julio 1855)

LIV. Los Reyes y los Príncipes no sólo están exentos de la jurisdicción de la Iglesia, pero también son superiores a la Iglesia en dirimir las cuestiones de jurisdicción.

(Letras Apostólicas Multiplices inter, 10 junio 1851)

LV. Es bien que la Iglesia sea separada del Estado y el Estado de la Iglesia.

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

§ VII. Errores acerca de la moral natural y cristiana

LVI. Las leyes de las costumbres no necesitan de la sanción divina, y de ningún modo es preciso que las leyes humanas se conformen con el derecho natural, o reciban de Dios su fuerza de obligar.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

LVII. La ciencia de las cosas filosóficas y de las costumbres puede y debe declinar o desviarse de la autoridad divina y eclesiástica.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

LVIII. El derecho consiste en el hecho material; y todos los deberes de los hombres son un nombre vano, y todos los hechos humanos tienen fuerza de derecho.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

LIX. No se deben de reconocer más fuerzas que las que están puestas en la materia, y toda disciplina y honestidad de costumbres debe colocarse en acumular y aumentar por cualquier medio las riquezas y en satisfacer las pasiones.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

(Encíclica Quanto conficiamur, 10 agosto 1863)

LX. La autoridad no es otra cosa que la suma del número y de las fuerzas materiales.

(Alocución Maxima quidem, 9 junio 1862)

LXI. La afortunada injusticia del hecho no trae ningún detrimento a la santidad del derecho.

(Alocución Jamdudum cernimus 18 marzo 1861)

LXII. Es razón proclamar y observar el principio que llamamos de no intervención.

(Alocución Novos et ante, 28 septiembre 1860)

LXIII. Negar la obediencia a los Príncipes legítimos, y lo que es más, rebelarse contra ellos, es cosa lícita.

(Encíclica Qui pluribus, 9 noviembre 1846)

Alocución Quisque vestrum, 4 octubre 1847)

(Encíclica Noscitis et Nobiscum, 8 diciembre 1849)

(Letras Apostólicas Cum catholica, 26 marzo 1860)

LXIV. Así la violación de cualquier santísimo juramento, como cualquiera otra acción criminal e infame, no solamente no es de reprobar, pero también es razón reputarla por enteramente lícita, y alabarla sumamente cuando se hace por amor a la patria.

(Alocución Quibus quantisque, 20 abril 1849)

§ VIII. Errores sobre el matrimonio cristiano

LXV. No se puede en ninguna manera sufrir se diga que Cristo haya elevado el matrimonio a la dignidad de sacramento.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXVI. El sacramento del matrimonio no es sino una cosa accesoria al contrato y separable de este, y el mismo sacramento consiste en la sola bendición nupcial.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXVII. El vínculo del matrimonio no es indisoluble por derecho natural, y en varios casos puede sancionarse por la autoridad civil el divorcio propiamente dicho.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

LXVIII. La Iglesia no tiene la potestad de introducir impedimentos dirimentes del matrimonio, sino a la autoridad civil compete esta facultad, por la cual deben ser quitados los impedimentos existentes.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXIX. La Iglesia comenzó en los siglos posteriores a introducir los impedimentos dirimentes, no por derecho propio, sino usando el que había recibido de la potestad civil.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXX. Los canones tridentinos en que se impone excomunión a los que se atrevan a negar a la Iglesia la facultad de establecer los impedimentos dirimentes, o no son dogmáticos o han de entenderse de esta potestad recibida.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXXI. La forma del Concilio Tridentino no obliga bajo pena de nulidad en aquellos lugares donde la ley civil prescriba otra forma y quiera que sea válido el matrimonio celebrado en esta nueva forma.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXXII. Bonifacio VIII fue el primero que aseguró que el voto de castidad emitido en la ordenación hace nulo el matrimonio.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXXIII. Por virtud de contrato meramente civil puede tener lugar entre los cristianos el verdadero matrimonio; y es falso que, o el contrato de matrimonio entre los cristianos es siempre sacramento, o que el contrato es nulo si se excluye el sacramento.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

(Carta de S.S. Pío IX al Rey de Cerdeña, 9 septiembre 1852)

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

(Alocución Multis gravibusque, 17 diciembre 1860)

LXXIV. Las causas matrimoniales y los esponsales por su naturaleza pertenecen al fuero civil.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

N.B. Aquí se pueden dar por puestos los otros dos errores de la abolición del celibato de los clérigos, y de la preferencia del estado de matrimonio al estado de virginidad. Ambos han sido condenados, el primero de ellos en la Epístola Encíclica Qui pluribus, 9 de noviembre de 1846, y el segundo en las Letras Apostólicas Multiplices inter, 10 de junio de 1851.
§ IX. Errores acerca del principado civil del Romano Pontífice

LXXV. En punto a la compatibilidad del reino espiritual con el temporal disputan entre sí los hijos de la cristiana y católica Iglesia.

(Letras Apostólicas Ad Apostolicae, 22 agosto 1851)

LXXVI. La abolición del civil imperio, que la Sede Apostólica posee, ayudaría muchísimo a la libertad y a la prosperidad de la Iglesia.

(Alocución Quibus quantisque, 20 abril 1849)

N.B. Además de estos errores explícitamente notados, muchos otros son implícitamente reprobados, en virtud de la doctrina propuesta y afirmada que todos los católicos tienen obligación de tener firmísimamente. La cual doctrina se enseña patentemente en la Alocución Quibus quantisque, 20 de abril de 1849; en la Alocución Si semper antea, 20 de mayo de 1850; en las Letras Apostólicas Cum catholica Ecclesia, 26 de marzo de 1860; en la Alocución Novos, 28 de septiembre de 1860; en la Alocución Jamdudum, 18 de marzo de 1861; en la Alocución Maxima quidem, 9 de junio de 1862.

§ X. Errores relativos al liberalismo de nuestros días


LXXVII. En esta nuestra edad no conviene ya que la Religión católica sea tenida como la única religión del Estado, con exclusión de otros cualesquiera cultos.

(Alocución Nemo vestrum, 26 julio 1855)

LXXVIII. De aquí que laudablemente se ha establecido por la ley en algunos países católicos, que a los extranjeros que vayan allí, les sea lícito tener público ejercicio del culto propio de cada uno.

(Alocución Acerbissimum, 27 septiembre 1852)

LXXIX. Es sin duda falso que la libertad civil de cualquiera culto, y lo mismo la amplia facultad concedida a todos de manifestar abiertamente y en público cualesquiera opiniones y pensamientos, conduzca a corromper más fácilmente las costumbres y los ánimos, y a propagar la peste del indiferentismo.

(Alocución Nunquam fore, 15 diciembre 1856)

LXXX. El Romano Pontífice puede y debe reconciliarse y transigir con el progreso, con el liberalismo y con la moderna civilización. Syllabus

(Alocución Jamdudum, 18 marzo 1861)

{Tomado de Colección de las alocuciones consistoriales, encíclicas y demas letras apostólicas, citadas en la Encíclica y el Syllabus del 8 de diciembre de 1864, con la traducción castellana hecha directamente del latín, Imprenta de Tejado, a cargo de R. Ludeña, Madrid 1865, páginas 3-52.}

Syllabus

jueves, 28 de octubre de 2010

La Constitución de 1812. ¡Muy interesante!

http://www.cadiz2012.es/constitucion.asp

Principios destacados de la Constitución de 1812

La Constitución de 1812 recoge muchos de los principios fundamentales que siguen vigentes en nuestros días. Algunos de ellos los tenemos tan asimilados que parece increíble que en otro tiempo las cosas no fueran iguales. Pero lo cierto es que, en el momento de su proclamación, significaron una auténtica ruptura con lo que existía con anterioridad. Es muy importante mostrar a los ciudadanos que principios que para ellos son tan habituales como la libertad individual, la libertad de prensa, o la inviolabilidad del propio domicilio son derechos que disfrutamos ahora, pero que se planteaban como absolutamente modernos e innovadores en La Pepa. Mostramos aquí un extracto de los principios fundamentales de la Constitución de 1812 explicados en un lenguaje sencillo y también enlazamos con el texto integro.
Soberanía Nacional La Constitución de 1812 defiende que la soberanía reside esencialmente en la Nación, la nación española entendida como la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. Por tanto pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales. Así mismo tambien establece que la Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. (art. 1, 2...

http://www.cadiz2012.es/images/secciones/constitucion/cons_1812.pdf 


 

lunes, 25 de octubre de 2010

Julio Verne.Biografía, obras, filmografía.

http://www.booksfactory.com/writers/verne_es.htm

8 Feb 1828 - Julio Verne (Jean-Jules Verne Allote) nació en Nantes, Francia, el 8 de febrero de 1828; hijo de un abogado y una rica heredera de familia de navegantes, fue el mayor de cinco hermanos.


De Julio Verne el escritor del mes de febrero « Consejo Estatal para la … - Páginas web relacionadas

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1865 Jul 1865 - En 1865 Julio Verne predijo la invención de cápsulas espaciales que podrían transportar gente en su interior. En su historia de ciencia ficción "De la Tierra a la Luna" , subrayó su visión de un cañón en Florida, tan potente que podría disparar un "vehículo ...En 1865 Julio Verne predijo la invención de cápsulas espaciales que podrían transportar gente en su interior. En su historia de ciencia ficción "De la Tierra a la Luna" , subrayó su visión de un cañón en Florida, tan potente que podría disparar un "vehículo-proyectil" que llevase tres aventureros a la Luna. Más de 100 años después, la NASA, guiada por la visión Wernher Von braun, construyó el cohete Saturno V ...

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1988 Jul 1988 - Literatura y ciencia en el siglo XIX: los viajes extraordinarios de Jules Verne. Geocrítica, Cuadernos Críticos de Geografía Humana, Universidad de Barcelona, julio 1988, nº 76, p. 5-57. [ISSN: 0210-0754; Depósito legal: B.: 9.348-1976]. ( sv-56 ...

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2005 27 May 2005 - MADRID Mil trescientos kilogramos de alimentos agua toallas vestimentas combustible baterías y otros repuestos forman parte de la carga seleccionada para el vuelo inaugural en 2006 de la nave espacial «Julio Verne» un vehículo de transporte automáticoATV que construye la Agencia ...

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2008 9 Mar 2008 - El lanzamiento de la primera de estas naves, llamada ATV-001 Julio Verne en honor del escritor francés, se realizó el día 9 de marzo de 2008. Se acopló con éxito a la ISS el 4 de abril siguiente (después de realizar diversas demostraciones de los sistemas ...El lanzamiento de la primera de estas naves, llamada ATV-001 Julio Verne en honor del escritor francés, se realizó el día 9 de marzo de 2008. Se acopló con éxito a la ISS el 4 de abril siguiente (después de realizar diversas demostraciones de los sistemas de navegación y seguridad) y se desacopló el 9 de septiembre, desintegrándose en la atmósfera terrestre el 29 de septiembre.

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2009 2 Ago 2009 - Jules Gabriel Verne conocido en los países de lengua española como Julio Verne fue un escritor francés de novelas de aventuras Es considerado junto a HG Wells uno de los padres de la ciencia ficción Predijo con gran precisión en sus relatos fantásticos la aparición de algunos de los ...

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2010 29 Jun 2010 - Me gustaríaaclaró Coria romper un mito que siempre ha planeado sobre julio Verne Y es que en nuestras lecturas juveniles siempre se nos dijo que la gran imaginación del autor francés le hizoviajar a remotos e ignotos lugares del mundo desde su despacho y que nunca había salido de la ...

De Publican "rareza" de Julio Verne - El Universal - Cultura - Páginas web relacionadas

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Robinson Crusoe

http://www.bibliotecasvirtuales.com/biblioteca/OtrosAutoresdelaLiteraturaUniversal/DanielDefoe/RobinsonCrusoe.asp

viernes, 22 de octubre de 2010

letrillas satíricas y populares

Letras satíricas


Estas son algunas de las letras utilizadas popularmente en la época de la II República de forma satírica. Reflejan el sentimiento anticlerical y antimonárquico de quienes las cantaban. Música: el himno de Riego.

Si los curas y frailes supieran

la paliza que les van a dar,

subirían al coro cantando:

"Libertad, libertad, libertad!"


Si los Reyes de España supieran

lo poco que van a durar,

a la calle saldrían gritando:

"¡Libertad, libertad, libertad!"


Un hombre estaba cagando

y no tenía papel

pasó el Rey Alfonso XIII

y se limpió el culo con él.


Dicen que José Torrijos

murió por cobarde y traidor

Mas murió con la espada en la mano

defendiendo la Constitución.


El Rey no tiene corona

que la tiene de cartón

que la Corona de España

no la tiene ningún ladrón.

Reinas Borbones de cuidado.


http://www.elmundo.es/cronica/2002/339/1018871276.html
HISTORIA

REALEZA
Reinas Borbones de cuidado

¿HAN SIDO MATRIMONIOS por amor los de los reyes de la dinastía Borbón en España? Juan Balansó, gran experto en temas reales, afirma que la mayoría no. En su último libro, titulado «Por razón de Estado», disecciona con agudeza la vida y la personalidad de 15 reinas y un rey consortes

miércoles, 20 de octubre de 2010

Características del Liberalismo

CARACTERÍSTICAS DEL LIBERALISMO




Sus características principales son:

El individualismo, que considera a la persona individual como primordial, por encima de todo aspecto social o colectivo.

La libertad como un derecho inviolable que se refiere a diversos aspectos: libertad de pensamiento, de expresión, de asociación, de prensa, etc., cuyo único límite consiste en la libertad de los demás, y que debe constituir una garantía frente a la intromisión del gobierno en la vida de los individuos.

La igualdad entre los hombres, entendida únicamente en lo que se refiere a diversos campos jurídico y político. Es decir, para el liberalismo, todos los ciudadanos son iguales ante la ley y para el Estado.

El respeto a la propiedad privada como fuente de desarrollo individual, y como derecho inobjetable que debe ser salvaguardado por la ley y protegido por el Estado.

Liberalismo social, liberalismo económico y liberalismo político

El liberalismo social defiende la no intromisión del Estado o de los colectivos en la conducta privada de los ciudadanos y en sus relaciones sociales no-mercantiles, admitiendo grandes cotas de libertad de expresión y religiosa, los diferentes tipos de relaciones sociales consentidas, morales, etc. Sin embargo, considera valores más allá de la propia voluntad, como los valores religiosos o tradicionales. Actualmente, se le suele confundir con el progresismo social, asociado a ideologías de socialdemócratas.

El liberalismo económico defiende la no intromisión del Estado en las relaciones mercantiles entre los ciudadanos (reduciendo los impuestos a su mínima expresión y eliminando cualquier regulación sobre comercio, producción, etc).

Enlace de vocabulario del siglo XIX

jueves, 14 de octubre de 2010

Relatos de viajes

http://www.vagamundos.net/2006/pagina.php?id=36

Lectura y viajes

http://www.lecturaextremadura.com/?s=41

Lecturas para todos

http://lecturasparatodos.blogspot.com/2009/04/la-lectura-y-los-adolescentes.html

Lecturas adolescentes y otras cosas

http://www.atodavoz.org/adolescentes/lecturas/

Fotos increíbles

http://www.flickr.com/photos/alpoma/4550315915/in/photostream/
http://www.flickr.com/photos/tags/astronomy/

Cartoteca

sábado, 9 de octubre de 2010

Un Premio Nobel de la Paz valiente.

La esposa del Nobel de la Paz viaja a la prisión para informar a su marido


Por Agencia EFE – Hace 1 minuto.



Pekín, 9 oct (EFE).- La esposa de Liu Xiaobo, el disidente chino a quien la víspera le fue concedido el Premio Nobel de la Paz 2010, se dirige hoy bajo custodia a la prisión donde el galardonado cumple condena para informarle de la noticia, después de negociar con las autoridades su silencio, informaron fuentes cercanas a la pareja.



La poetisa Liu Xia fue obligada ayer a abandonar su domicilio de forma secreta y bajo una fuerte vigilancia policial plantando al centenar de periodistas que esperaban que saliera de su apartamento para comentar con la prensa la decisión del Instituto Nobel Noruego.



Fuentes disidentes aseguran que Liu negoció con las autoridades su silencio a cambio de poder visitar hoy a su marido e informarle del premio, ya que se encuentra incomunicado en la cárcel; no obstante, la esposa facilitó declaraciones a algunos medios y envió un comunicado expresando su agradecimiento y pidiendo libertad para Liu.



Según informó hoy el periodista disidente Wang Jinbo, Liu Xia viaja bajo custodia y acompañada por su hermano a la localidad de Jinzhou, en la vecina provincia de Liaoning y a 480 kilómetros al noreste de la capital china, donde su marido cumple 11 años de condena desde diciembre de 2009 por haber pedido democracia a través de un manifiesto.



Wang, que es amigo de la poetisa, señala que la seguridad en los alrededores de la prisión se ha intensificado esta mañana y que las secciones de acceso a la misma han sido bloqueadas.



Los vecinos de Jinzhou aseguran que no han visto demasiados efectivos de seguridad pública, aunque la policía ha detenido a un vehículo con periodistas de Hong Kong que han sido trasladados a comisaría para ser interrogados y a continuación fueron invitados a abandonar la localidad.



Las autoridades detienen desde ayer por la tarde a disidentes e intelectuales chinos cercanos al matrimonio o que rubricaron el manifiesto político liderado por Liu Xiaobo, la "Carta 08", según informa el abogado disidente Teng Biao.



Entre estos se encuentra el activista Wan Yanhai, bajo arresto domiciliario en Pekín, y miembros del grupo de defensa de los derechos de enfermos de sida y homosexuales Instituto Aizhixing, cuyas oficinas en la capital fueron intervenidas por la policía.



El Gobierno chino reaccionó ayer con un rechazo frontal a la concesión del premio a un "delincuente" y calificó la decisión de "blasfemia", porque según el régimen autoritario comunista que gobierna China desde 1949 incumple con el espíritu de los Nobel.



Además, la cancillería china llamó a consultas al embajador noruego en Pekín y ha censurado la noticia en los medios de todo el país, cuyas portadas hacen hoy referencia al tipo de cambio del yuan o a la sucesión en Corea del Norte, y sólo los artículos editoriales mencionan el Nobel de la Paz, para condenarlo.

Premios Nobel en español

Libros


El Premio Nobel de Literatura ha hablado once veces en español
Vargas Llosa se incopora a la lista de Echegaray, Benavente, Mistral, Jiménez, Asturias, Neruda, Aleixandre, García Márquez, Cela y Paz


MANUEL DE LA FUENTE / MADRID

Día 07/10/2010 - 16.58h21 comentariosDiez veces un apellido hispano de pura cepa (Echegaray, Benavente, Mistral, Jiménez, Asturias, Neruda, Aleixandre, García Márquez, Cela, Paz) se ha desparramado en los teletipos, en las portadas y en las linotipias. Ese equipo maravilloso se ha convertido en un once de fábula, porque otra vez, nombres y apellidos hispanos, Mario Vargas Llosa, han llamado a las puertas de las redacciones y se encaramaron desde el mediodía a las web y las redes sociales de Internet.

Esta fiesta (“para todas las letras hispanas”, como nada más conocer su premio destacaba la mujer del escritor), comenzó hace más de un siglo, en 1904, cuando a don José de Echegaray, ilustre matemático además de literato, le cuadraron las cuentas del Nobel. Cainitas como somos, no todos sus compatriotas (los del 98 echaron pestes) se sintieron felices con el galardón. Catorce años después (1922), Jacinto Benavente se hacía con el premio. Intereses creados aparte, para muchos, el paso del tiempo ha oxidado el peso de su obra.

A la tercera (1945) fue la vencida de que el Nobel cruzara el Charco para cantar de nuevo en español en la voz de aquella voz de mujer nacida de la tierra chilena, Gabriela Mistral: “Yo te enseñé a besar: los besos fríos / son de impasible corazón de roca, / yo te enseñé a besar con besos míos / inventados por mí, para tu boca”.

Debieron cogerles gustillo los suecos a nuestra métrica, porque nueve años después, en 1956, premiaban a otro español jigantesco: Juan Ramón Jiménez, con el alma malherida por la cuchillada del exilio y el corazón en parihuelas por el dolor de su Zenobia, que se le iba para siempre tres días después de la concesión del premio.

Once años tardó el Nobel en volver al continente hermano, a Guatemala, y a comprometerse con aquellos hombres de maíz, que a duras penas sobrevivían bajo la bota de ”El Señor Presidente”, aquel tirano grotesco y superlativamente cruel a quien puso en pie Miguel Ángel Asturias. Y de Guatemala, de nuevo a Chile, en 1971. En pleno fervor allendista y de la Unidad Popular de la que era embajador en Francia, un poeta descomunal, de canto general y mineral, Pablo Neruda, un estajanovista del verso, un creador hercúleo, obtenía el premio.

Un nombre, una cultura

Aunque a veces no lo parezca, el Comité del Nobel no suele premiar por premiar. Muchas se veces se reconoce en un solo nombre toda una literatura, toda una cultura, toda una historia, todo un compromiso, toda una generación. Así fue en 1977, cuando los suecos reconocían en Vicente Aleixandre no sólo su portentosa obra poética ("Cuando contemplo tu cuerpo extendido / como un río que nunca acaba de pasar, / como un claro espejo donde cantan las aves, / donde es un gozo sentir el día cómo amanece") , sino también la de sus compañeros de Generación del 27 y la de su país, nuestra España que se asomaba a la democracia.

Poco tardó el Premio en regresar a la lengua de Cervantes. En 1982, Estocolmo se calzaba un liqui-liqui y bailaba al son del vallenato y de la cumbia. Gabriel García Márquez, recién llegadito de Macondo, por fin conocía de veras el hielo, allí, en Estocolmo, donde recibía al ritmo del tambor de Totó la Momposina, el Nobel de ese año. Mientra, en su casa, un señorón llamado Camilo José Cela volvía a mosquearse: ¿qué hay de lo mío? El enfado duró poco, en 1989, el carpetavetónico Don Camilo ya tenía su merecidísimo galardón y podía darse de baja en su oficio de tinieblas.

Era un día de octubre de de 1990 cuando el dios de la lluvia lloró, de alegría, sobre México. Uno de sus hijos era distinguido con el Nobel de Literatura. Aquel que puso los signos en rotación y escribió el destino del hombre sobre una piedra de sol, aquel hombre, aquel poeta, Octavio Paz que nos dejó dicho: "... y un largo quejido cubre con sus dos alas grises / la noche de los cuerpos, /como la sombra del águila la soledad del páramo".

A Mario Vargas Llosa, la noticia no le ha pillado de cháchara en La Catedral, le sorprendió en un piso 47 en la ciudad de Nueva York. Acariciando con las yemas de los dedos el cielo del Nobel. A los suecos, acostumbrados algunos años a buscarse chivos expiatorios, por una vez no les quedó otra que acertar de pleno con su decisión.

sábado, 2 de octubre de 2010

Lectura Viva. Recursos

http://www.lecturaviva.cl/tutorial/actividades.html

Educared

Así se encuentra la raíz de la educación misma, como manifestación exclusivamente humana. Vale decir, en la inconclusión de los hombres y en la conciencia que de ella tienen. De ahí que sea la educación un quehacer permanente. Permanente en razón de la inconclusión de los hombres y del devenir de la realidad. De esta manera, la educación se rehace constantemente en la praxis. Para ser, tiene que estar siendo (Paulo Freire, 1970)


.http://www.educared.org.ar/infanciaenred/antesdeayer/index.php?q=node/126

Entorno social y educación

http://www.entornosocial.es/content/view/104/48/

Capacidad digital

http://capacidaddigital.blogspot.com/2008/06/la-alfabetizacin-digital-desde-otras.html

telekids

http://jsanchezcarrero.blogspot.com/

alfabetización adolescentes

http://www.waece.org/lectoescritura/lecto/index.php

Alfabetizacion para adolescentes

http://www.cuadernointercultural.com/materiales/lectura/grafomotricidad/

jueves, 23 de septiembre de 2010

Cine e Historia de España

Análisis y comentario de Documentos de Historia

http://sites.google.com/site/historiaweb2/todosobrecomentarios


Poeta, director teatral y dramaturgo alemán, cuyo tratamiento original y distanciado de los temas sociales y de los experimentos revolucionarios ha influido enormemente en la creación y en la producción teatrales modernas. Brecht nació el 10 de febrero de 1898 en Augsburgo (Baviera), y se formó en las universidades de Munich y Berlín. En 1924, aparece como autor teatral en el Berlín Deutsches Theater, bajo la dirección de Max Reinhardt. Sus primeras obras muestran la influencia del expresionismo, el principal movimiento dramático de la época. En 1928, escribió un drama musical, La ópera de los dos centavos (conocida en algunos países como tres peniques o tres centavos), con el compositor alemán Kurt Weill

Publicó más de 100 obras entre enyayo, teatro y poesía. Es uno de los escritores más influyentes y personales del siglo XX


CUATRO poemas de Bertold Brecht

1. PREGUNTAS DE UN OBRERO QUE LEE

¿Quién construyó Tebas, la de las siete puertas?

En los libros se mencionan los nombres de los reyes.

¿Acaso los reyes acarrearon las piedras?

Y Babilonia, tantas veces destruida,

¿Quién la construyó otras tantas? ¿En que casas

de Lima, la resplandeciente de oro, vivían los albañiles?

¿Adónde fueron sus constructores la noche que terminaron la Muralla China?

Roma la magna está llena de arcos de triunfo.

¿Quién los construyó?

¿A quienes vencieron los Césares? Bizancio, tan loada,

¿Acaso sólo tenía palacios para sus habitantes?

Hasta en la legendaria Atlántica, la noche que fue devorada por el mar,

los que se ahogaban clamaban llamando a sus esclavos.

El joven Alejandro conquistó la India.

¿Él sólo?

César venció a los galos;

¿no lo acompañaba siquiera un cocinero?

Felipe de España lloró cuando se hundió su flota,

¿Nadie más lloraría?

Federico Segundo venció en la Guerra de Siete Años, ¿Quién más venció?

Cada página una victoria

¿Quién guisó el banquete del triunfo?

Cada década un gran personaje.

¿Quién pagaba los gastos?

Tantos informes,

Tantas preguntas.


2. MUCHAS MANERAS DE MATAR Hay muchas maneras de matar.

Pueden meterte un cuchillo en el vientre.

Quitarte el pan.

No curarte de una enfermedad.

Meterte en una mala vivienda.

Empujarte hasta el suicidio.

Torturarte hasta la muerte por medio del trabajo.

Llevarte a la guerra, etc.

Sólo pocas de estas cosas están prohibidas en Nuestro Estado.



3. GENERAL

General, tu tanque es muy potente

aplasta a cien hombres y arrasa el pinar.

General, pero tiene un defecto:

Necesita un hombre que lo pueda guiar.



General, tu avión es poderoso

Vuela como tormenta y destruye la ciudad.

General, pero tiene un defecto:

Necesita un hombre que lo pueda pilotar.



General, el hombre es muy útil,

puede volar, puede matar.

General, pero tiene un defecto:

Puede pensar.



Puede pensar

...y 4. Loa de la dialéctica



Con paso firme se pasea hoy la injusticia.

Los opresores se disponen a dominar otros diez mil años más.

La violencia garantiza: Todo seguirá igual.

No se oye otra voz que la de los dominadores,

y en el mercado grita la explotación: Ahora es cuando empiezo.

Y entre los oprimidos, muchos dicen ahora:

Jamás se logrará lo que queremos.

Quien aún esté vivo no diga jamás.

Lo firme no es firme.

Todo no seguirá igual.

Cuando hayan hablado los que dominan,

hablarán los dominados.

¿Quién puede atreverse a decir jamás?

¿De quién depende que siga la opresión? De nosotros.

¿De quién que se acabe? De nosotros también.

¡Que se levante aquel que está abatido!

¡Aquel que está perdido, que combata!

¿Quién podrá contener al que conoce su condición?

Pues los vencidos de hoy son los vencedores de mañana

y el jamás se convierte en hoy mismo.

Sobre la Constitución de 1931 en Wikipedia

Constitución de la República Española de 1931


De Wikipedia, la enciclopedia libre





Bandera republicana adoptada oficialmente en 1931





Facsímil de la Constitución

La Constitución de la República Española de 1931 fue aprobada el 9 de diciembre de 1931 por las Cortes Constituyentes tras las elecciones generales españolas de 1931 que siguieron a la proclamación de la Segunda República y estuvo vigente hasta el final de la Guerra Civil Española en 1939. La República española en el exilio continúo reconociendo su vigencia hasta 1977, cuando el proceso político de la llamada Transición Española permitió la redacción de una nueva Carta Magna democrática.

La constitución se organizaba en 9 capítulos (125 artículos en total) y dos disposiciones transitorias.

Tabla de contenidos

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• 1 Antecedentes

• 2 Garantías y derechos constitucionales

• 3 Estructura del Estado

• 4 Organización territorial

• 5 Críticas a la Constitución de 1931

• 6 Véase también

• 7 Notas y referencias

• 8 Bibliografía

• 9 Enlaces externos


Antecedentes [editar]

Con la proclamación de la II República el 14 de abril de 1931 se convocan elecciones a unas Cortes Constituyentes en 28 de junio. Una de sus primeras tareas fue confirmar como presidente a Niceto Alcalá Zamora y su gabinete. Una vez aprobada procede a elegir al Presidente de la República, siendo electo Alcalá Zamora (12 de diciembre) tras lo cual ejerce la función de Cortes.

Garantías y derechos constitucionales [editar]

El título III Derechos y deberes de los españoles, subdividido en libertades y derechos individuales (Capítulo I: Garantías individuales y políticas) y sociales (Capítulo II: Familia, economía y cultura), reconocía la libertad religiosa, de expresión, reunión, asociación y petición (derecho de toda persona a dirigir una petición al gobierno), el derecho de libre residencia y de circulación y de elección de profesión, inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, igualdad ante la justicia, protección a la familia, derecho al divorcio, derecho al trabajo, derechos a la cultura y la enseñanza, separación de la Iglesia Católica y del Estado. Por otro lado, se suprimía todo privilegio de clase social y de riqueza, lo que equivalía a anular la nobleza como entidad jurídica. Se apuntaba también la posibilidad de socialización de la propiedad y de los principales servicios públicos, aunque en definitiva los proyectos de nacionalización de la tierra, las minas, los bancos y los ferrocarriles nunca se llevaron a cabo.

Estructura del Estado [editar]

España es definida como "una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia". Hace compatible la unidad del Estado y la autonomía de los municipios y regiones. Se renuncia al uso de la guerra como instrumento político. El sufragio es universal para hombres y mujeres mayores de 23 años conforme a las leyes.

El poder legislativo reside en las Cortes, constituidas por una asamblea unicameral llamada Congreso de los Diputados elegida directamente. Su mandato es de cuatro años reelegibles indefinidamente y se reúnen ordinariamente entre febrero-abril y octubre-noviembre, y extraordinariamente a petición del Presidente de la República. Tiene la iniciativa de las leyes junto con el Gobierno. Puede delegar en el Gobierno la capacidad de legislar por decreto sobre materias autorizadas. El Congreso elige una Diputación Permanente de Cortes, compuesta por 21 representantes de las facciones políticas en proporción a los escaños que cada una de ellas tiene en las Cortes. Está encargada de conocer los casos de suspensión de las garantías constitucionales, los decretos-leyes, la detención y el procesamiento de los diputados. El Gobierno debe contar con el respaldo de las Cortes y se le puede formular un voto de censura.

Se establece el mecanismo del referéndum popular. Debe ser formalizado por un 15% del cuerpo electoral y no puede referirse a tratados internacionales, leyes tributarias o estatutos regionales.

El Poder ejecutivo estaba a cargo del Presidente de la República que es el Jefe de Estado. El Presidente tiene un mandato de seis años, sin reelección hasta que pase un periodo de seis años después de abandonar su mandato. Su elección la efectúan las Cortes junto a un número de compromisarios igual al de diputados, elegidos por sufragio universal.

Le corresponde nombrar y separar al Presidente del Gobierno y, a propuesta de éste, a los ministros. Declarar la guerra previa autorización de las Cortes, firmar y negociar los tratados internacionales, autorizar los decretos refrendados por el ministro correspondiente, ordenar medidas urgentes. Dictar por decreto, previo acuerdo unánime del Gobierno y la aprobación de la Diputación Permanente, las medidas de urgencia o cuando lo demande la defensa de la República. Tiene veto suspensivo, el cual puede ser revocado por dos tercios de las Cortes. Puede disolver las Cortes hasta dos veces como máximo durante su mandato, la cual será examinada por las nuevas Cortes y resolver su necesidad. Las Cortes pueden destituir al Presidente con tres quintos de los votos.

El Gobierno está conformado por el Presidente del Consejo de Ministros y los ministros. Le corresponde la dirección superior del Estado y los servicios públicos. El Consejo puede elaborar proyectos de ley, dictar los decretos, ejercer la protestad reglamentaria y deliberar sobre asuntos de interés público general.

El poder judicial está a cargo del Tribunal Supremo y cortes subordinadas a éste. Se crea un Tribunal de Garantías Constitucionales con la competencia de resolver principalmente la inconstitucionalidad de las leyes, los recursos de amparo y los conflictos de competencia legislativa.

La Constitución puede ser reformada a propuesta del Gobierno o de una cuarta parte de los miembros de las Cortes. Una vez aprobada la reforma, por mayoría absoluta (provisoriamente para los cuatro primeros años de vigencia de la Constitución se requieren dos tercios de los diputados), se procede a la elección de una Asamblea Constituyente que decidirá sobre la propuesta y posteriormente actuará como Cortes ordinarias.

Organización territorial [editar]

El Estado se organiza en municipios, los cuales están agrupados en provincias. Las provincias se pueden organizar en regiones autónomas. Para constituir una región autónoma se requiere que sea propuesto por la mayoría de sus municipios o que representen dos tercios del censo electoral; posteriormente debe ser aprobado por dos tercios de los electores de la región y que finalmente lo aprueben las Cortes junto con el Estatuto propuesto. Bajo este procedimiento se constituyeron como regiones autónomas Cataluña (1932) y el País Vasco (1936). En Galicia fue aceptada la propuesta por plebiscito en 1936 pero su ratificación por las Cortes quedo interrumpida por el comienzo de la Guerra Civil.

Críticas a la Constitución de 1931 [editar]

La Constitución aglutinó juicios negativos y críticas ulteriores de destacados republicanos conservadores:

• Para Salvador de Madariaga, No era viable, y sus mayores defectos eran la flojeza del Ejecutivo, la falta de Senado y la separación de la Iglesia y el Estado[cita requerida].

• Obra de la ignorancia de los diputados, al decir de Alejandro Lerroux, una Constitución inspirada en la desconfianza de los poderes que necesariamente han de formar la arquitectura de la República para tenerlos sometidos al del Parlamento (…) a poco que se fije la atención se advertirá cómo se ha procurado subordinar el poder ejecutivo, el judicial y el presidencial a las Cortes. Y no por justo derecho democrático de ejercer una acción fiscalizadora, sino por mero afán de dominación despótica (…) un sistema electoral prostituido (…) confabulación, en fin (…), de oligarquías que ejercen la más infecunda, irresponsable y odiosa de las dictaduras (...) Negación de un derecho de gentes y de la condición de ciudadanos a todos los que no profesan nuestras ideas[cita requerida].

• Sectaria y hecha de espaldas a la realidad nacional, según el mismísimo presidente de la República, Niceto Alcalá Zamora, se procuró legislar obedeciendo a teorías, sentimientos o intereses de partidos, sin pensar en esa realidad de convivencia patria, sin cuidarse apenas de que se legislaba para España, o como si la constitución fuese a regir en otro país (…) Han hecho de la República, más que una sociedad abierta a la adhesión de todos los españoles, una sociedad estrecha, con número limitado de accionistas y hasta con bonos de privilegio de fundadores (…) se hizo una Constitución que invita a la Guerra Civil, desde lo dogmático –en que impera la pasión sobre la serenidad justiciera- a lo orgánico, en que la improvisación, el equilibrio inestable sustituyen a la experiencia y a la construcción sólida de los poderes[cita requerida].

Alcalá Zamora en su obra Los defectos de la Constitución de 1931 analizaba las deficiencias de Constitución, rememorando los debates parlamentarios y las circunstancias en las que se produjo la aprobación de la misma. Según el autor 1 Manuel Azaña le confesó en 1936 que encontraba en la misma más defectos que el propio Alcalá. La conclusión de Alcalá-Zamora era que: La República (...) proclamada el 14 de abril fue la República de todos los españoles. Olvidarlo la perdió...

• Constitución lamentable, sin pies ni cabeza, ni el resto de materia orgánica que suele haber entre pies y cabeza, según declaró José Ortega y Gasset 2.

• Remató Miguel de Unamuno: un código (…) no ya de contradicciones íntimas (…) sino (…) de ambigüedades hueras[cita requerida].

Véase también [editar]

• Constitución española de 1876

• Constitución Española de 1978

• Historia del constitucionalismo español

Notas y referencias [editar]

1. ↑ (Alcalá Zamora ?:?)

2. ↑ Diario Luz, 16 de julio de 1932

Bibliografía [editar]

• Alcalá-Zamora, Niceto. Los defectos de la Constitución de 1931 y tres años de experiencia constitucional. Patronato 'Niceto Alcalá-Zamora y Torres', Málaga, 2002. ISBN 84-932071-6-0

Enlaces externos [editar]



• Wikisource contiene obras originales de o sobre Constitución de la República Española de 1931.

• Imágenes del facsímil original de 1931

• El texto en el sitio constitución.es

Obtenido de "http://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_la_Rep%C3%BAblica_Espa%C3%B1ola_de_1931"

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LABORATORIO DE SOCIALES 1º DE ESO

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CIENCIAS SOCIALES 1º DE ESO

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martes, 7 de septiembre de 2010

HAR fácil

http://www.geohistoria.net/paginas/2bharte.htm

página de Peter. HAR

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Materiales de HAR

http://www.historiasiglo20.org/enlaces/arte.htm

historia y arte en Alcalá de Henares

http://www.uchbud.es/historia.html

Historia del Arte. P:P:

http://www.claseshistoria.com/guillermo/adiapositivas.htm
Historia del arte de 2º de bahillerato

viernes, 21 de mayo de 2010

Concurso Superamos las barreras – ONCE

Concurso Superamos las barreras – ONCE: "El concurso escolar ONCE, Superamos barreras cada d�a, se quiere dar a conocer a los escolares la labor socialde la ONCE, de una forma divertida con relatos para leer y portadas para dise�ar.
En esta edici�n del concurso anual, ONCE premia a todos los participantes con la exhibici�n de su trabajo en internet, componiendo este espectacular mosaico, formado por 62.198 dise�os de portada, realizados por 225.201 escolares de todo el pa�s trabajando en equipos de 3 a 5 miembros."

Trabajo seleccionado para el mosaico de los cinco presentados por los alumnos de 4º de Diver.

lunes, 10 de mayo de 2010

La Puerta de Alcalá



La puerta de Alcalá Con Sabina, Serrat, Echanove, Miguel Ríos, Antonio Flores, Pablo Milanés y Manolo Tena. 1994.

Javier Krahe

Cuervo ingenuo
Letra de Cuervo Ingenuo :
(J.Krahe)

Tú decir que si te votan
Tú sacarnos de la O.T.A.N.,
Tú convencer mucha gente,
Tú ganar gran elección,
Ahora tú mandar nación,
Ahora tú ser presidente.
Hoy decir que es alianza
Ser de toda confianza
Incluso muy conveniente,
Lo que antes ser muy mal
Permanecer todo igual
Y hoy resultar excelente.
Hombre blanco hablar con lengua de serpiente
Hombre blanco hablar con lengua de serpiente
Cuervo ingenuo no fumar
La pipa de la paz con tú,
¡Por Manitú!
¡Por Manitú!
Tú no tener nada claro
Cómo acabar con el paro,
Tú ser en eso paciente
Pero hacer reconversión
Y aunque haber grave tensión
Tú actuar radicalmente.
Tú detener por diez días
En negras comisarías
Donde mal trato es frecuente,
Ahí tú no ser radical,
No poner punto final,
Ahí tú también ser paciente.
Hombre blanco hablar con lengua de serpiente
Hombre blanco hablar con lengua de serpiente
Cuervo ingenuo no fumar
La pipa de la paz con tú,
¡Por Manitú!
¡Por Manitú!
Tú tirar muchos millones
En comprar tonto aviones
Al otro gran presidente.
En lugar de recortar
Loco gasto militar
Tú ser su mejor cliente.
Tú mujo partido pero
¿Es socialista, es obrero?
¿O es español solamente?
Pues tampoco cien por cien
Si americano también.
Gringo ser muy absorvente.
Hombre blanco hablar con lengua de serpiente
Hombre blanco hablar con lengua de serpiente
Cuervo ingenuo no fumar
La pipa de la paz con tú,
¡Por Manitú!
¡Por Manitú!

Más letras: http://www.letrasmania.com/letras/letras_de_canciones_joaquin_sabina_4677_letras_joaquin_sabina_y_viceversa_15274_letras_cuervo_ingenuo_177342.html
Todo sobre Joaquin Sabina: http://www.musictory.es/musica/Joaquin+Sabina

La Mandrágora. Javier Krahe, Alberto Pérez, Joaquín Sabina

Adivina, adivinanza. El entierro de Franquito
Mil años tardó en morirse
pero por fin la palmó
los muertos del cementerio
están de fiesta mayor.
Seguro que está en el cielo
a la derecha de Dios.
Adivina, adivinanza
escuche con atención.
A su entierro de paisano
asistió Napoleón
Torquemada y el caballo
del noble Cid Campeador
Marcelino de cabeza
marcándole a Rusia un gol
el coño de la Bernarda
y un dentista de León.
San Isidro labrador
y el soldado desconocido
a quien nadie conoció
Santa Teresa iba dando
su brazo incorrupto a Don
Pelayo que no podía
resistir el mal olor.
Y el marqués que ustedes saben
iba muy elegantón
con uniforme de gala
de la santa inquisición
Bernabeu incendia puros
con billetes de millón
y el niño Jesús de Praga
de primera comunión
mil quinientas doce monjas
pidiendo con devoción
al papa santo de Roma
pronta canonización
y un pantano inaugurado
de los del plan Badajoz
y el Ku Klux Klan que no vino
Y Rita la cantaora
y era un cristo øvalcolor?
y una teta disecada de
Agustina de Aragón
la tuna compostelana
cerraba la procesión
cantando a diez voces
clavelitos de mi corazón.
San José María, Pemán
unos versos recitó
servía Perico Chicote
copas de vino español
nunca enterrado alguno
conoció tan alto honor
dar sepultura a quien era
sepulturero mayor
ese día en el infierno
hubo gran agitación
muertos de asco y fusilados
bailaban de sol a sol
siete días con siete noches
duró la celebración
en leguas a la redonda
el champán se terminó
combatientes de Brunete
braceros de Castellón
los del exilio de afuera
y los del exilio interior
celebraban la victoria
que la historia les robó
más que alegría la suya
era desesperación.
Como ya habrá adivinado
la señora y el señor
los apellidos del muerto
a quien me refiero yo
pues colorín, colorado
igualito que empezó
adivina, adivinanza
se termina mi canción
se termina mi canción.